
En ese sentido, el Poder Judicial, a pedido de cada letrado, habilitará una cuenta en el servidor respectivo, con un código de usuario que será considerado como su domicilio electrónico, y cuya cuenta será la que recepcionará las notificaciones emitidas por la Secretaría de Corte.
Las cédulas que se remitan usando la firma digital serán consideradas instrumentos públicos, y se enviarán una vez firmada la providencia que lo ordena. Las mismas deberán contar con la firma digital del Secretario de Corte de Actuación que interviene en el proceso.
Al momento de ser entregada la comunicación electrónica, el sistema informático enviará de manera automática una notificación a la Secretaría de Corte indicando la fecha y hora de recibida, lo que será prueba suficiente de la efectiva notificación, e iniciará el cómputo de los plazos previstos para cada caso en particular.
Los certificados digitales que se utilicen deberán ser gestionados ante la autoridad certificante de la Oficina Nacional de Tecnología de la Información.
Fuente: Corte de Justicia de Salta