
El plenario, reunido este mediodia, ha adoptado en consecuencia el dictamen suscrito por el juez Luis María Cabral, quien desde el comienzo de la investigación se había pronunciado por la suspensión de Reynoso. Los fundamentos de la decisión aún no han sido publicados por el Consejo de la Magistratura.
A comienzos del corriente mes de diciembre, Reynoso fue citado por la comisión de disciplina del Consejo en los términos del artículo 20, para que ejerciera su defensa frente a la denuncia interpuesta por un ciudadano de apellido Mazzutti, a quien el juez oranense mandó a detener por amenazas. Reynoso ejerció su derecho por escrito, según el consejo de sus abogados.
Por tanto, la suspensión decretada no guarda relación con la acusación de los fiscales Eduardo Villalba y Diego Iglesias que imputan a Reynoso la comisión de gravísimos delitos, como el ejercicio de la jefatura de una asociación para delinquir, la prevaricación o el cohecho pasivo. Sobre este asunto hay abierta una causa penal en el Juzgado Federal Nº 1 de Salta y una denuncia ante el Consejo de la Magistratura que aún no ha llegado a la comisión de disciplina por haberse acordado en su día la realización de una auditoría previa en el Juzgado a cargo de Reynoso.
La suspensión del juez abre la puerta para su destitución, pero su actuación en el caso Mazzutti no parece revestir la gravedad necesaria para que se produzca esta circunstancia. De producirse su cese como juez, Reynoso deberá ingresar en prisión, ya que el Juzgado Federal Nº 1, a instancias de los fiscales, ha dictado contra el juez oranense un auto de procesamiento con prisión preventiva en suspenso, que se hará efectiva en el supuesto previsto en la ley; es decir, cuando Reynoso sea apartado de su cargo.