
La resolución adoptada ayer por el Tribunal Electoral de la Provincia de Salta, que da por válida la publicidad callejera de candidatos y fuerzas políticas fuera del periodo legal de campaña, no solamente sienta un nefasto precedente en materia de igualdad, transparencia y equidad en la competencia electoral, sino que altera gravemente el orden de prelación de las fuentes del Derecho, al colocar a la costumbre por encima de la Ley.
La citada resolución se refiere a tres elementos o reclamos publicitarios diferentes: los afiches, las pancartas y las pintadas, que los partidos y candidatos pueden -según el Tribunal Electoral- utilizar libremente, sin más condición ni requisito de que en ellas no figure el cargo para el que los ciudadanos publicitados se postulan.
Resulta en todo caso llamativo el criterio que el Tribunal Electoral de Salta aplica en relación con las pintadas, que probablemente constituyan la forma más degradante y atrasada de publicidad política.
En efecto, el Tribunal Electoral no solo las ha dado por válidas y legales fuera del periodo de campaña (deberían ser prohibidas, por salvajes, incluso durante las campañas), sino que se ha referido a ellas utilizando el adjetivo «consabidas», que significa conocidas, habituales o características, según el Diccionario de la Lengua.
La resolución dice textualmente lo siguiente: «La sola circunstancia de colocar en la vía pública la imagen de un ciudadano en un afiche o pancarta o las consabidas pintadas con su nombre, aún junto a un logotipo partidario, no resulta contradictoria ni vulnera las precisiones señaladas referidas a campaña electoral establecida en el artículo 40 de la Ley 7697 y su norma supletoria, el artículo 64 bis del Código Electoral Nacional» (énfasis añadido).
Con esta adjetivación lo que nos dicen los magistrados que integran el Tribunal Electoral salteño es que las pintadas en las paredes y mobiliario urbano (una forma de publicidad agresiva, incivilizada, descontrolada y singularmente dañina del medio ambiente) están sancionadas entre nosotros por la costumbre, sin importar lo que sobre ella diga la ley.
Es decir, que por el hecho de ser «consabidas», por que se vienen haciendo desde tiempos inmmemoriales, no violan la ley, no dañan a terceros ni distorsionan la competencia electoral.
Desde el punto de vista de nuestros usos y costumbres preelectorales, son también «consabidas» las agresiones entre patotas políticas (que suelen acabar con muertos o heridos de gravedad), el daño a la propiedad ajena, la violación de los derechos fundamentales de los ciudadanos y la financiación de las campañas con recursos provenientes del crimen organizado. No por «consabidas», estas conductas dejan de ser ilegales y relevan a las autoridades del deber de perseguirlas.
La pintadas, especialmente las que llevan identificación partidaria (en forma de logotipo o de eslogan) y el nombre del candidato, aunque no señalen específicamente el cargo para el que se postulan, violan el artículo 64 bis del Código Nacional Electoral, en tanto persiguen, de forma inocultable, el propósito de «captar la voluntad política del electorado».
La ley distingue claramente entre los actos de captación de «voluntad política del electorado» (Art. 64 bis CNE) y «captación del sufragio» (Arts. 64 ter y 64 quater CNE), haciendo de la primera actividad el eje central de las campañas electorales, cuyos límites temporales define el artículo 40 de la ley provincial 7697.
La distinción no pudo haber sido ignorada por el Tribunal Electoral de Salta, sino de una forma políticamente interesada, con la intención de acomodar la legalidad vigente a las necesidades del grupo gobernante, como lo prueba la descarada publicidad de la imagen del Gobernador de Salta, Juan Manuel Urtubey, montada en una concurrida esquina del centro de la ciudad de Salta (ver fotografía), que podría, incluso, ser violatoria de las disposiciones de la Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública (25.188).
El Tribunal Electoral de Salta no solo ha perdido una muy buena ocasión para mejorar la calidad de la competencia democrática, sino que también ha desperdiciado una oportunidad de oro para demostrar que respeta la Ley por encima de los intereses que se hallan en juego en la lucha electoral.