Greenpeace sostiene que una jueza de Tartagal ha autorizado la usurpación de una finca privada

En un comunicado de prensa difundido ayer a los medios, la organización ambientalista Greenpeace Argentina afirma que la Jueza de Garantías de Tartagal, señora Azucena Vázquez, «habilitó a la organización ecologista a continuar con el bloqueo de maquinaria utilizada para desmontar».

El comunicado añade que la magistrada «dio lugar a la denuncia de Greenpeace contra el dueño de la finca Cuchuy, Alejandro Braun Peña, por el delito de destrucción de Bosques».

Según Greenpeace, una medida cautelar acordada por la jueza Vázquez «permite que los ambientalistas permanezcan en la finca garantizando que las topadoras no se pongan en marcha, a pesar de que su propietario denunció a la organización por presunto delito de usurpación de propiedad privada».

En el mismo comunicado, el director ejecutivo de Greenpeace Argentina, señor Martín Prieto, interpretando a su modo la decisión cautelar (y por lo tanto provisionalísima de la juez Vázquez) ha dicho que «la Justicia reconoció a Greenpeace como legítimo protector del bosque salteño».

Greenpeace califica la decisión judicial como histórica y sostiene que, en su virtud, «los bloqueadores de Greenpeace no pueden ser removidos por el propietario de la finca y que las topadoras no pueden seguir desmontando».

La medida cautelar

Difícilmente pueda interpretarse la medida cautelar de la jueza Vázquez como un triunfo judicial de Greenpeace.

No solo por la naturaleza y alcance de tal medida (una simple prohibición de innovar, cuyo carácter provisionalísimo hace que puede ser modificada en cualquier momento) sino porque la resolución judicial en ningún momento reconoce legitimidad alguna a Greenpeace como «protector del bosque salteño» (un Juez de Garantías sencillamente no puede efectuar un reconocimiento de esta naturaleza) y porque en la propia resolución se deja constancia de la existencia de una denuncia penal contra los activistas de Greenpeace por usurpación de propiedad, que aún no ha sido resuelta por la justicia.

La prohibición de innovar impuesta por la jueza Vázquez debe ser interpretada como lo que es; es decir, como una simple medida de conservación cuya única razón de ser es impedir que una modificación por las partes enfrentadas de la situación de hecho que se registra en el lugar pueda entorpecer la investigación penal en curso: tanto la que ha sido abierta a instancias de Greenpeace, como la que se refiere a los presuntos delitos de usurpación y daño, que pesa sobre los ambientalistas.

Todo parece indicar que los asesores jurídicos de Greenpeace desconocen los profundos cambios introducidos en el procedimiento penal salteño hace dos años y el papel (por cierto, sumamente limitado) que en él desempeñan los jueces de garantías.

Lo que no es verdad es que la medida cautelar autorice a Greenpeace a «hacer» o a «continuar haciendo», pues el objeto de la medida es totalmente lo contrario.

Es decir, que si, por el interés de esclarecer la verdad jurídica objetiva y de evitar que desaparezcan los elementos que pueden probar la existencia de un delito, la jueza ha prohibido innovar sobre la situación de hecho existente al momento de la investigación, ello no supone que Greenpeace haya sido «autorizada» a continuar con el bloqueo de la maquinaria y de los tanques de combustible, pues la medida cautelar, por su propia naturaleza y finalidad prohibitiva, no apunta a «autorizar» nada y mucho menos prejuzga sobre la legalidad de un hecho ilícito.