Lesa humanidad, ¿Están las condiciones dadas?

Kirchner y ClarínReconozco que escribir esta columna ha sido complicado ya que, a diferencia de la señora Fernández de Kirchner, mi formación universitaria no incluye el título de abogada. Reconozco también que desde la semana pasada ya no estoy segura de bastantes de los sucesos de la historia y la política de los años 70 de la Argentina.

A través de estas líneas no pretendo convertirme en historiadora, legisladora o juez. Pretendo, eso sí, aportar mi punto de vista a todo lo ocurrido desde el acto del 24 de agosto en el que la Presidente – casi convertida en juez instructora y además parte –, presentó el informe “Papel Prensa, la verdad”; ese que según ella, le había dado una “certeza absoluta” sobre la veracidad de las graves acusaciones que en él se exponen.

Voy a mencionar dos recuerdos personales. Están todavía en mi memoria unos avisos que había en el exterior de los muros de las instalaciones militares en los años 70 en Argentina; los recuerdo porque aquel “no estacione o se detenga, el centinela abrirá fuego” aterrorizaba. Un día, siendo yo joven, se nos averió el auto justo al costado de uno de esos edificios y poder identificarse rápidamente, siendo extranjeros, y zafar de aquel “fuego” parecía la máxima urgencia de mi padre. También me acuerdo de las angustias de mi madre cada vez que él debía realizar el trayecto desde casa al trabajo con escolta por si le ocurría algo malo; ser cargo directivo en una empresa anglosajona, sustituyendo además a una persona que había sufrido un atentado, te podía situar en la mira de una organización terrorista argentina.

Volviendo nuevamente al presente, me gustaría rescatar unas afirmaciones de la señora Lidia Papaleo. Me refiero a unas en las que afirma que “hasta ahora no se habían dado las condiciones para poder efectuar la denuncia contra Papel Prensa”. Podríamos barajar la hipótesis de que, a pesar que fue durante la presidencia de Raúl Alfonsín cuando se iniciaron los juicios a la Juntas Militares y se efectuó la millonaria indemnización con que la familia Graiver quedó compensada de sus agravios y pérdidas patrimoniales, el doctor Alfonsín no inspirara la confianza suficiente a la señora Papaleo por ser radical y no peronista o que, aquella democracia tan joven siguiera sometida a fuertes presiones. Esto último podría resultar cierto, a tenor de que poco tiempo después se dictaron las leyes de punto final y obediencia debida.

Lo que no he logrado dilucidar es qué “condiciones no estaban dadas” para no haber realizado esta denuncia desde el año 2003 hasta la fecha. Desde entonces el país ha estado presidido por dos personas que dicen ser peronistas como la señora Lidia, y que públicamente en numerosas ocasiones se han referido a su tenaz lucha - ya desde su juventud en La Plata y luego en Santa Cruz - a favor de la democracia y los DDHH. Todos podemos recordar como incluso en el 2004, en un gesto lleno de simbolismo y significado, el entonces presidente Néstor Kirchner descolgaba un retrato de Jorge Rafael Videla de las paredes de la antigua ESMA. La única condición que podría ocurrírseme como “no dada hasta” es que el matrimonio Kirchner mantenía hasta hace relativamente poco tiempo un trato fluido – al menos incluía cenas en la residencia de Olivos - con Héctor Magnetto, a la sazón directivo de Clarín y socio de Papel Prensa. No es frecuente en la vida de alguien pero, ciertamente podría ocurrir, que se tenga buena relación con una persona y se desconozca que podría ser presunto culpable de delitos tan graves como los que Lidia Papaleo, el informe del gobierno de la señora Fernández de Kirchner o las últimas declaraciones del Juez Federal Daniel Rafecas sostienen ahora.

Sería absurdo citar aquí qué delitos exactamente establece como de lesa humanidad el Estatuto de Roma, la Corte Penal Internacional o la Corte Interamericana de Derechos Humanos; cualquiera puede obtener esa información. No obstante, voy a referirme a ciertas controversias sobre los mismos.

En el caso “Derecho, René Jesús s/incidente de prescripción penal – causa Nº 24.079 – la Corte Suprema de Justicia de la Nación adhirió un dictamen del Procurador General de la Nación, Estaban Righi, en el que se afirmaba que delitos de tanta gravedad como la privación de libertad o las torturas no eran de lesa humanidad, puesto que para serlo debían ser cometidos por el propio Estado a través de una política sistemática que atentara contra los derechos fundamentales de la sociedad civil o de un grupo de ésta. En aquel caso en concreto, la Corte precisó que los hechos ilícitos fueron perpetrados de forma aislada pro un funcionario público y que por lo tanto eran delitos comunes y además estaban prescritos. Es decir, hechos gravísimos, como la privación de libertad y las torturas, no eran lesa humanidad a pesar de cometidos en primera persona por un funcionario público y no por una persona privada.

Por otra parte, abundante jurisprudencia internacional y la propia Corte Suprema de Argentina tampoco consideran delitos de lesa humanidad aquellos perpetrados por organizaciones de civiles – con recursos suficientes como para infligir graves daños o provocar muertos sistemáticamente, agrupados en estructuras guerrilleras o terroristas. Lo prueban diversos casos en los que la Corte se ha pronunciado a favor de montoneros, como ocurrió respecto de los de Arancibia y Simón, o el ataque con bomba al edificio de Moreno 1431 en Capital Federal en el que resultaron sobreseídos Mario Firmenich o Verbitsky entre otras personas.

Es cierto que tras la decisión en 2008 del Fiscal Federal Patricio Evers al dirigirse al Juez Ariel Alijo para la reapertura del caso del asesinato de Jose Ignacio Rucci, ex secretario general de la CGT, o la más reciente del Juez Norberto Oyarbide de procesar nuevamente al ex ministro de Economía Martinez de Hoz, la Justicia podría cambiar su punto de vista respecto de incluir en la categoría de lesa humanidad, tanto delitos de sangre como económicos, aunque estos no hayan sido cometidos directamente por los militares. Si esto ocurriera, sospecho que la lista que podrían reabrirse permitiría, tal vez, no sólo reclamar por el caso de Papel Prensa sino por otros muchos donde existen civiles que, organizados tras una estructura, tenían suficiente poder para infligir de forma sistemática extorsión, daño o muerte.

Yendo más lejos de lo que lo ha hecho el hijo del fallecido Fiscal de Investigaciones Administrativas, Ricardo Molinas, la auténtica “prueba del ácido” para la democracia argentina (así describió el informe sobre Papel Prensa la Presidente argentina), sería que la Justicia retomara las investigaciones de dicho Fiscal. Debería hacerlo con todas y cada una de las denuncias y conclusiones que aquel informe incluía: contra el gobierno del ex presidente Lanusse por abuso de autoridad y malversación de caudales públicos, contra el Grupo Graiver por uso de testaferros y violaciones al pliego de condiciones, contra la Junta Militar por encubrimiento e irregularidades en la operación de transferencia de acciones y contra los representantes del Estado en la empresa, por incumplimiento de los deberes de funcionario público. No deberíamos olvidar tampoco que, aquel informe señalaba también que “la organización Montoneros, a la sazón declarada ilegal, había entregado a David Graiver más de 10 millones de dólares” y que se advertía al gobierno del doctor Alfonsín que el fisco se exponía a “la posibilidad de pagar dos veces dicha suma si posteriormente alguien se la reclamase” (refiriéndose a futuros e hipotéticos reclamos de los hermanos Born, víctimas de secuestro por parte de montoneros).

A pesar que el Fiscal Molinas dictamina en el informe (sobre los diarios La Nación y Clarín), que “no existe prueba alguna contra ellos que permita formularles un cargo concreto, apareciendo, prima facie, como terceros de buena fe y consolidados luego de muchos años al frente de la compañía”, efectivamente, debería investigarse a fondo la operación de Papel Prensa. Pero reitero, debería hacerse desde el principio y esto incluye a todos los anteriores dueños y también a la familia Graiver. Es obvio, por otra parte debe ser así, que todo lo que se averigüe no serán delitos de lesa humanidad, pero igual se esclarecen asuntos que ahora no parecen delitos y lo son en realidad.

Ética y jurídicamente el concepto de delito de lesa humanidad no puede ser estirado como un chicle ni debe ser jaleado por gobiernos o por jueces. Menos aún debe serlo para reparar, no ya las terribles consecuencias humanas de actos aberrantes, sino para revertir operaciones económicas efectuadas entre privados que pudieran tener (o no) conexión con actos terroristas del Estado.

En mi opinión hay algo claro en este asunto y en otros más: reescribir la historia es imposible y tratar de convertir la historia en presente es, además de imposible, muy peligroso. Sólo serenamente, sin inquinas ni frustraciones, sin intencionalidades políticas, económicas o de poder, se puede hacer justicia. Debe ser así por dos motivos fundamentales: 1.para que los conceptos de lesa humanidad y derechos humanos no terminen desprestigiados y 2.- para tomar definitiva conciencia de que, como dijo Luis Moreno Ocampo - fiscal de la Corte Penal Internacional y uno de los responsables de juicios a las Juntas Militares -, “una sociedad no puede manejarse con la lógica de los amigos y enemigos”.

Y concluyo añadiendo a las palabras del señor Moreno Ocampo: si una sociedad no puede manejarse con esa lógica, menos debe hacerlo su gobierno o su justicia.