¿Es correcto hablar de 'insumos' para prevenir la gripe A?

La Secretaría de Defensa del Consumidor del gobierno de Salta ha recomendado a los "consumidores de la Provincia" no hacer compras excesivas de "medicamentos o insumos" para prevenir la gripe A. Se trata de una medida encaminada a frenar la especulación que se está registrando en la venta de algunos elementos que la población considera necesarios o imprescindibles para evitar un posible contagio de la enfermedad. Lo mismo que sucedió meses atrás con alguna expresión desafortunada del Defensor del Pueblo, el Defensor del Consumidor de Salta ha demostrado con su reciente recomendación que no es un funcionario especialmente obligado a defender a los ciudadanos de un incorrecto uso de la lengua castellana, y que como muchos otros funcionarios del gobierno -con el gobernador a la cabeza- se ha plegado a la tendencia de llamar a las cosas por su nombre más difícil, sin reparar si ese nombre es el correcto o no.

Es el caso de la palabra "insumo", con que los salteños designan a una amplia variedad objetos, especialmente aquellos que en otros sitios se denominan "consumibles" o "suministros" y que tienen en común el tratarse de bienes de recambio frecuente y que se usan una o muy pocas veces.

Lo que en esta noticia se denominan "insumos" son, en realidad, suministros o consumibles sanitarios, como por ejemplo lo son los guantes de examen, las batas sanitarias, las jeringas, las agujas desechables o los catéteres.

En castellano, la palabra "insumo" no es ni siquiera un sustantivo individual, es decir, no puede ser empleado para designar a un bien en concreto, así como por ejemplo, el sustantivo "piara" no puede ni debe utilizarse para nombrar a un solo cerdo. "Insumo" es un sustantivo colectivo y sirve para designar "el conjunto de bienes empleados en la producción de otros bienes".

Así por ejemplo, el "insumo" que utilizan los agricultores está constituido por las semillas, los fertilizantes y los plaguicidas; o el que emplea la industria gráfica, que puede integrar al papel, al cartón, a la tinta, etc.

Desde el punto de vista económico, el insumo no es un bien que llegue al consumidor final de un producto; por tanto, mal puede involucrarse la Secretaría de Defensa del Consumidor en la comercialización de cualquier insumo.

En el ámbito sanitario no se puede llamar insumo a la jeringa con que un paciente recibe una inyección, pues ni ésta, ni el tratamiento, ni el paciente pueden ser considerados "bienes" producidos, por cuanto se encuentra ausente el "elemento físico" que singulariza la noción de "bien" y la distingue con bastante nitidez del concepto de "servicio".

Por último, los bienes, o el conjunto de éstos, que se emplean en la producción de servicios no reciben el nombre de insumos.