Asociana impugnó el estudio de impacto ambiental, social y cultural y los informes técnicos incluidos en el expediente, cuestionó la validez científica de estos informes y planteó que hasta que no se resuelvan estas objeciones no deben otorgarse los certificados de desmonte y que debe asegurarse la convocatoria y participación de las comunidades indígenas afectadas. En el caso del IPPIS, extraoficialmente se confirmó que la impugnación fue presentada y que se funda en el escasísimo tiempo que le dio la SEMADES para notificar a las comunidades originarias de la realización de la audiencia pública por el desmonte, llevada a cabo el 2 de julio en Embarcación. El IPPIS también requirió a la Secretaría de Medio Ambiente que en el futuro se lo notifique las desiciones con 15 o 20 días de anticipación.
Respecto del informe técnico sobre el relevamiento de la biodiversidad en la finca El Alamo, donde se pretende desmontar, Asociana objetó que los autores hablan de "provincia biogeográfica", "distrito occidental", bosque del Chaco semiárido y de vegetación a nivel regional, pero que en ningún momento precisan la relación entre estas diferentes escalas con la efectiva realización de los desmontes.