
Sin embargo, el tribunal agrava de forma sustantiva la situación procesal de ambos al considerarlos igualmente responsables "prima facie" de pertenecer a una asociación ilícita. La Cámara Federal resuelve así revocar un pronunciamiento anterior que había beneficiado a los procesados con la falta de mérito en relación con los delitos de asociación ilítica y el de "organizar y financiar" actividades delictivas relacionadas con la producción y el tráfico de estupefacientes de los artículos 7 y 11 de la ley 23.737.
La resolución judicial impone a Aparicio la prohibición de salir del país, si bien, por el momento no hay ninguna decisión que pudiera tener consecuencias inmediatas sobre el régimen de libertad provisional de que disfruta el procesado. Cabe recordar que el fiscal federal de Orán había solicitado el ingreso en prisión de Aparicio.
Los considerandos de la resolución
debe recordarse que la presente investigación se inició a raíz de la declaración de un testigo de identidad reservada que fuera recepcionada el 26/11/99 en el marco de la causa N? 10.355/98, que tramitaba por ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N? 12. En la oportunidad el testigo afirmó que había tomado conocimiento por información que le suministrara una persona ya fallecida que se dedicaba al comercio de estupefacientes de nombre Raúl Moreno, que su principal proveedor era Ernesto Aparicio, quien era o es concejal. Señaló que a través de Moreno llegó a conocer a Aparicio, quien se dedicó toda su vida a comerciar estupefacientes en cantidades importantísimas, siendo el más importante proveedor de la Capital Federal. Dijo que en el año 1997 estuvo en la casa de Aparicio sita en calle Las Heras, sin recordar la numeración, de la localidad de Pocitos, provincia de Salta. Allí mantuvo contacto con éste, su mujer e hijos.
Afirmó que después de esa entrevista ya en Buenos Aires, Aparicio le dijo que podía venderle cuatro kilos de cocaína por un precio de U$S 25.000, brindándole la dirección y nombre de las personas que podía contactar en Europa para poder ubicar la droga. Dijo que Aparicio siembre estaba en compañía de una persona de nombre Wilson, quien era su guardaespaldas y que en Pocitos tenía un aserradero a nombre de su madre. Afirmó que Aparicio enviaba camiones a Bolivia retornando luego con maderas y la droga oculta. Con esa modalidad transportan cargamentos de hasta ochenta kilogramos de estupefacientes.
Destacó que al tóxico lo depositaban en el partido de San Martín, sin poder precisar la ubicación, mientras que en la Capital Federal lo guardaban en la planta alta de una mueblería de nombre Bilardo, sita en Avda. Juan B. Justo. También expresó que por comentarios de Wilson sabía que en Mar del Plata la droga se ocultaba en un galpón que se encuentra sobre calle Aristóbulo del Valle, siendo manejado el negocio en esa ciudad por un tal Ricardo, a quien le dicen Empanada y que vive en la localidad de Ensenada. -
Continuando con su relato, el testigo manifestó que después de la muerte de Moreno el tráfico de estupefacientes fue continuado por dos sobrinos suyos de nombre Jorge y Héctor, conocidos como los hermanos Macana o Patota, quienes le dijeron que tenían el propósito de transportar droga por barco. También expresó que el alcaloide en España era entregado en un bar que se llama El GrilloVerde ubicado en las Torres de Europa de Madrid, cuyo dueño es Fernando Gómez Aura (a) Gitano y en una estación pasando Marbella que se llama San Pedro de Alcantaraz, siendo el distribuidor en ese lugar una persona de nombre Mario (a) El Albañil (fs. 623/624).
Como consideración preliminar, no puede soslayarse que ciertos datos proporcionados en su narración por el testigo de identidad reservada fueron confirmados en el curso de la pesquisa.
Así se demostró que Ernesto José Aparicio es una persona de existencia real titular del D.N.I. 14.329.623 (fs. 625 y 628), que fue concejal de la Municipalidad de Profesor Salvador Mazza en la provincia de Salta; que reside en la calle Las Heras N? 91 de esa localidad (fs.634/636); que su familia tiene un aserradero; que tuvo una persona allegada de nombre Wilson Avalos (650/651). Respecto de los sobrinos de Moreno, apodados los hermanos Macana, se puso en conocimiento que en fecha 10/05/99 fueron detenidos en Mar del Planta en ocasión de retirar una encomienda con 7, 301 kilogramos de cocaína, dos personas identificadas como Héctor Alejandro Benito y Jorge Reynaldo Medina Moreno (fs. 650/651). Finalmente, también se logró ubicar la Mueblería Bilardo en la dirección aportada por el testigo (655/670)
Igualmente, otro elemento que desde un primer momento confiere visos de verosimilitud a lo afirmado por el testigo es que de las escuchas telefónicas realizadas al imputado Ernesto José Aparicio, surge que mantuvo contactos con marcados rasgos de familiaridad, con gran cantidad de personas involucradas en el tráfico ilegal de estupefacientes.
En efecto, es llamativo que tuviese contacto con Héctor Antonio Navarro, quien estuvo incriminado en la causa N° 567/90 (Pelikan J.L. y Otros -Infracción a la ley 23.737" en trámite en los Juzgados Federales de Salta y San Isidro y en la N° 2813 c/Pelikan, Juan Luis y Otros, s/infracción a la ley 23.737, en trámite en el Juzgado Federal N° 1 de Lomas de Zamora (fs. 482/529). También con Bonifacio Martínez y Marlene Nayar Paz, quienes registran antecedentes por infracción a la ley 23.737, el primero en la causa N° B-773/92 caratulada (Felipe E. Sing y José Deus Barca (en trámite ante el Juzgado Federal N° 1 de la Capital Federal y la última vinculada al narcotráfico en Yacuiba Bolivia, según lo informado por personal de Gendarmería Nacional (fs.535/536 y 698/699).
Por lo demás surge de las referidas escuchas que el imputado Aparicio se interesó directamente por la situación de Antonia Beatriz Juárez, quien se encontraba detenida acusada del delito de contrabando agravado de estupefacientes. La nombrada Juarez es madre de Vanina, hija extramatrimonial que tuvo el encartado, según consta en los informes obrantes a fs. 180/181, 205/206 y 213.
Asimismo, tuvo contactos telefónicos y personales con Delfín Reinaldo Castedo incriminado en la causa (Vera Horacio Humberto y Otros s/infracción a la ley 23.737, habiendo sido absuelto en fecha 30/3/2000 por el Tribunal Oral en lo Criminal N?5 de la Capital Federal y con su hermano Rafael Alejandro Castedo.
Ahora bien, independientemente de la llamativa coincidencia de que se relacionara con personas acusadas de traficar con drogas, el contenido de los contactos es más comprometedor aún. Así, en la conversación correspondiente al abonado 0387-4-71663 llevada a cabo entre Ernesto Aparicio y una persona de apellido Yudi, el primero manifiesta lo de Europa esta todo Okey, entonces no solamente me tengo que acordar cuando y te llamo por guita, ahora te llamo....bueno para resolver este tema y bueno... el efectivo no lo tengo está allá, y esta confirmado todo. Luego Aparicio continúa: el mazare ya está, llegamos...este... bueno hay que resolver, digamos, como se la saca, me entendés y estamos para entrar a operar.
Sobre el punto, el imputado Aparicio reconoció que mantuvo esa conversación y fue con Luis Alberto Yudi (hermano de Alberto). Dijo que ese diálogo se relacionaba a un dinero que él tenía en Londres, porque estaba exportando Whiski desde esa ciudad (Inglaterra) y Escocia hacia Bolivia, razón por la cual tenía una cuenta en Londres. Relató que le había salido un saldo fabuloso, millonario, sin recordar la moneda, desconociendo porqué se le había acreditado esa suma. Es por eso que tenía el propósito de realizar una transacción de madera de Bolivia, por la cantidad y calidad que tenía en ese momento, pagando con esos cheques para extraer los fondos a los que se refería, pero finalmente averiguó que la suma millonaria era inexistente y la cuenta debía gastos de mantenimiento (fs. 2.498/2.530).
Así continúan los argumentos de la Cámara Federal de Apelaciones y que alcanzan las 30 páginas, pero que a la hora de prevenciones se quedan cortos o sólo será cuestión de insistir en un cambio de leyes, para que no sólo las mulas sean quienes vayan a prisión, sino aquellos que se enriquecen gracias al narcotráfico.