La condena es contraria a la Constitución y a principios internacionales, afirma FOPEA

En un comunicado difundido en Buenos Aires el Foro de Periodismo Argentino (FOPEA) expresa “su máximo repudio al fallo de la justicia de la provincia de Salta que condenó a un año de prisión y de dos de inhabilitación profesional al periodista Sergio Poma, titular de la radio salteña FM Noticias, haciendo lugar a una querella penal por injurias del gobernador Juan Carlos Romero. En un programa el 19 de mayo de 2004. Poma dijo: "Romero, sos un delincuente de la peor calaña", al informar sobre un operativo con bonos provinciales”. Edificio de la Corte Interamericana de Derechos Humanos con sede en Costa RicaLa declaración del FOPEA añade que esta decisión judicial “contradice la Constitución Nacional y los tratados internacionales en materia de derechos humanos. Y va en contra del compromiso asumido por el Estado Argentino ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de despenalizar este tipo de acciones.

Estos principios componen la denominada doctrina de la Real Malicia y tienen como premisa fundamental que el honor de los funcionarios públicos y personalidades públicas merecen una tutela diferente a la de las personas privadas. Los primeros se han puesto voluntariamente bajo la atención de la opinión pública, lo que hace razonable considerar que su {sidebar id=9}derecho al honor merece una tutela menor.

Por otra parte, el hecho de que los funcionarios públicos y personalidades públicas posean, por lo general, un fácil acceso a los medios de difusión que les permiten contestar los ataques a su honor y reputación personal, también es una razón para prever una menor protección legal a su honor.

En consecuencia, la CIDH, tutora de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ha enfatizado su condena al uso de los poderes del Estado para “reprimir la libertad individual de formarse opinión y expresarla (…) la Comisión entiende que el uso de tales poderes para limitar la expresión de ideas se presta al abuso, como medida para acallar ideas y opiniones impopulares, con lo cual se restringe un debate que es fundamental para el funcionamiento eficaz de las instituciones democráticas. Las leyes que penalizan la expresión de ideas que no incitan a la violencia anárquica son incompatibles con la libertad de expresión y pensamiento”.

El juez salteño Héctor Martínez, autor del fallo contra Poma, ha revelado desconocimiento de la Constitución Nacional y de los principios internacionales a ella incorporados en 1994. Ha ignorado las disposiciones del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, del cual Argentina es firmante. Y no se ha interesado por fallos recientes de la Corte Suprema de Justicia que han consagrado la doctrina de la Real Malicia.

FOPEA expresa su solidaridad con Sergio Poma y se compromete a apoyar las instancias de reclamo a nivel nacional e internacional. Esta entidad está convencida de que los más altos tribunales del país y, de ser necesario, aquellos supranacionales, revertirán una decisión que empobrece el debate democrático”.