
La nueva normativa crea un Registro de Operadores y Prestadores de Turismo Alternativo en el que deben inscribirse los prestadores y las agencias de viajes que ofrezcan productos de aventura. Para el ejercicio de la actividad se debe certificar idoneidad ante una junta evaluadora conformada por especialistas en la materia. El departamento de Fiscalización del Ministerio dispondrá de herramientas de control que permiten "el secuestro preventivo de elementos probatorios y la clausura de los establecimientos detectados en infracción". De modo sorprendente, el gobierno pone el acento sobre los aspectos represivos del control administrativo, por sobre las exigencias de calidad y de los instrumentos para controlarla y estimularla.
Convencido de la excelencia de la nueva regulación, el gobierno anuncia que "la norma será elevada al Ente Norte con el objetivo de lograr su implementación regional, lo cual redundará en beneficio de las provincias que la integran tanto en parámetros de calidad, seguridad y protección del patrimonio natural y cultural". Lo cual debe entenderse como que la Provincia de Salta simplemente propondrá a las provincias que integran el llamado Ente Norte la adopción, en sus respectivos ámbitos territoriales, de una norma similar o idéntica que persiga los mismos fines que la que mañana aprobará mediante resolución el ministro Posadas.