
Han pasado más de 24 horas desde que tomara estado público la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación favorable a la pretensión de amparo de la señora Mirtha Graciela Sisnero, quien en el año 2009 denunció discriminación de las empresas de transporte de pasajeros de Salta por su condición de mujer.
La publicación de la sentencia -que señala un antes y un después en materia de alegación y prueba de las discriminación contra las mujeres en las relaciones de trabajo- ha sido ampliamente celebrada en los medios de comunicación por la magistrada que ejerció la defensa y representación de la señora Sisnero en todas las instancias judiciales: la Dra. NATALIA BUIRA, Defensora Oficial Civil Nº 4 de Salta.
La Dra. Buira, sin embargo, no ha comunicado a la opinión pública salteña, ni a sus superiores en el Ministerio Público, que el trabajo profesional que permitió que el caso Sisnero llegara efectivamente a conocimiento de la Corte Suprema de Justicia y alcanzara el éxito esperado no fue realizado por ella sino por otro profesional, a quien, por razones que ella bien conoce, pidió ayuda a comienzos del mes de diciembre de 2010, cuando debía presentar ante el máximo tribunal de justicia argentino el recurso de queja que finalmente fue estimado.
Como han transcurrido más de 24 horas y la Dra. Buira no se ha pronunciado al respecto, ni ha esbozado agradecimiento alguno, dejando que la opinión pública crea finalmente que fue ella quien redactó aquel recurso y ejerció ante la Corte Suprema la defensa eficiente y exitosa de la señora Sisnero, considero un deber moral aclarar a mis comprovincianos, en mi carácter de abogado residente y ejerciente en el extranjero desde hace más de dos décadas, que dicho trabajo profesional ha sido realizado íntegramente por quien suscribe, de forma absolutamente desinteresada; es decir, sin percibir ninguna retribución ni aspirar a ella.
A lo largo de mi vida profesional he defendido a cientos de trabajadores y colaborado con decenas de colegas en las mismas condiciones: sin esperar retribución, reconocimiento o agradecimiento alguno. Nunca -hasta hoy- me había visto en la difícilísima situación de tener que realizar una manifestación pública de este tipo. Cualquiera puede imaginar que hacerla -y más aún en estas condiciones- me provoca un enorme conflicto moral, por cuanto la ayuda que he prestado en este caso ha sido -como en todos los otros- leal, transparente, silenciosa y desinteresada.
Poderosas razones que por el momento deseo mantener en reserva me relevan de la obligación de observar la discreción que invariablemente he observado en todas las ocasiones anteriores.
Si me veo ahora compelido a romper dolorosamente con esta línea de comportamiento es porque creo profundamente en la Justicia, en el respeto a las decisiones de los tribunales, aun a las equivocadas, y en los derechos de las personas a no ser discriminadas sin una causa objetiva y razonable. Porque creo también que el trabajo ajeno, sea o no desinteresado, debe ser siempre objeto del mayor respeto, y porque entre personas bienintencionadas la lealtad, la transparencia y el desinterés han de pagarse siempre con la misma moneda.
Luis Alberto Caro Figueroa
Abogado
Madrid, España, a 22 de mayo de 2014