La presencia de activistas de Pavicei en los controles viales lesiona derechos fundamentales

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Las pruebas de alcoholemia que los agentes de la autoridad realizan a los conductores de vehículos en la vía pública representan una intervención corporal -bien es cierto que mínima- que supone, como cualquier otra prueba clínica, una intromisión en un ámbito que es propio de la persona humana y que se encuentra reservado y protegido frente a la acción y el conocimiento de los demás.

En el caso concreto de las pruebas de alcoholemia realizadas con dispositivos portátiles del tipo «breathalyzer» se puede llegar a producir una violación al derecho a la intimidad de las personas, no ya por el hecho en sí de la intervención, sino por razón de su finalidad; es decir, porque a través de la práctica de esa prueba se pueda obtener una información que el sujeto no quiera desvelar. La revelación de los resultados de la prueba puede suponer una intromisión añadida en el ámbito constitucionalmente protegido del derecho a la intimidad personal.

Bien es cierto también que el derecho a la intimidad, como cualquier otro, no es absoluto y debe ceder ante intereses constitucionalmente relevantes; pero la existencia de límites razonables al derecho a la intimidad supone que las medidas o actuaciones que pueden llegar a invadir ese ámbito que es propio de la persona humana y que se halla protegido del conocimiento de los demás, deban ser -además de mínimas e indispensables- idóneas, aptas y adecuadas, para alcanzar el fin constitucionalmente perseguido con la misma.

El Estado -en este caso, la Provincia de Salta- no puede bajo ningún motivo hacer más gravosa para los ciudadanos una diligencia en la que se halla comprometido el derecho constitucional a la intimidad personal permitiendo que sujetos que no ejercen la autoridad Estatal (que carecen de «poder de imperio») presencien o intervengan -aun como meros espectadores- en la práctica de una prueba clínica cuyos resultados solo a la autoridad y al ciudadano afectado interesan.

Salvando las distancias, una autorización tan descabellada como ésta se asemeja al permiso que el director de un hospital podría dar a un grupo de curiosos (o de activistas, da igual) para que presencien un tacto ginecológico que ha ordenado un juez y para que, de paso, den consejos a la paciente sobre cómo orientar su vida o sus relaciones sexuales. Lo mismo, si la Municipalidad de Salta autorizara a grupos religiosos a apostarse a las puertas de los hoteles alojamiento para «concientizar» a las parejas que van a hacer uso de las habitaciones.

La provechosa (y casi necesaria) asociación del gobierno con las ONG que trabajan por la seguridad vial corre serio peligro de convertirse en una amenaza para los ciudadanos, si la Policía, el Ministerio de Gobierno (y ahora también el Ministerio de Justicia) siguen permitiendo la presencia de activistas de Pavicei (Padres y Amigos de Víctimas de Conductores Ebrios e Irresponsables) en los controles viales que efectúa la autoridad.

Cualquier ciudadano al que se le han iniciado actuaciones por infracción a las normas de tráfico podría ya mismo alegar la nulidad absoluta de la diligencia de control por la lesión de su derecho fundamental a la intimidad que supone la ilícita presencia de estos activistas en los lugares en donde se llevan a cabo los controles.

Lo mismo ha de decirse de la presencia en el lugar de una funcionaria como la Ministra de Justicia, cuya cartera no tiene ninguna competencia en la materia, y que podría, por ello, hallarse incursa en un ilícito penal.