
El procedimiento no contempla el juzgamiento por un tribunal colegiado sino que, por la fecha en que fueron cometido los hechos, se rige por el antiguo código de procedimientos en materia penal, que prevé que el juicio plenario se lleva a cabo ante un magistrado federal de instancia.
Según fuentes federales, Lona está en condiciones de ser juzgado desde el mes de abril de 2015, desde que fuera firme el procesamiento ordenado por el Juez Federal Nº 2 de Tucumán, señor Fernando Poviña. Sin embargo, diferentes incidentes han retrasado hasta hoy el trámite de la causa.
Entre ellos, la impugnación de las partes a la designación como juez de sentencia del magistrado jujeño Horacio Macedo, quien se desempeña como juez subrogante, sin el preceptivo acuerdo del Senado nacional.
Lona, no obstante, no deberá comparecer personalmente ante un tribunal ni sentarse en el banquillo de los acusados ya que las reglas del procedimiento que resultan aplicables al plenario penal se basan en la escritura.