Un juez de Metán ampara a una mujer a la que se le negó el carnet de conducir por tener multas

  • Dice el juez que el requerimiento de pago de multas atrasadas, como condición para renovar el carnet de conducir, desvirtúa la finalidad de la ley que regula el otorgamiento de este documento, aunque no dice qué norma o derecho constitucional se ha vulnerado con esta negativa.
  • Acción de amparo

El Juez de Garantías Nº 1 de Metán, señor Mario Teseyra, ha estimado la acción de amparo promovida por una mujer contra la delegación local de la Agencia Provincial de Seguridad Vial y condenó a esta a entregar a la actora su permiso de conducir renovado, a la mayor brevedad posible.


Según la información oficial del Poder Judicial salteño, el señor Teseyra dicho en su resolución que la negativa de la agencia pública a renovar el carnet de la mujer por las multas adeudadas, desvirtúa la finalidad perseguida por el Ordenamiento jurídico con la regulación del carnet de conducir, y convierte a este documento es una herramienta de «exigencia pecuniaria con el evidente objetivo de recaudación».

De acuerdo con el mismo relato, en el mes de mayo del año pasado, la mujer inició los trámites para renovar su carnet, pero le informaron que no se lo iban a dar a menos de que regularizara su situación y abonara las multas que adeudaba y que le fueron impuestas entre 2014 y 2017.

Tras el curioso requerimiento, la mujer se acogió a un plan de financiación de la deuda, pero, a pesar de ello, la Agencia Provincial de Seguridad Vial siguió negándose a expedirle el carnet.

{articles tags="current" limit="3" ordering="random"}
  • {Antetitulo}
    {link}{title limit="58"}{/link}
    {created} - {cat_name} - {created_by_alias} {hits}
{/articles}