Alfredo Olmedo insiste con la pena de muerte y la castración como castigos penales

  • En otra ocasión anterior, Olmedo propuso castigar con la castración, no ya a los violadores y agresores sexuales, sino a los que él llamó entonces 'acosadores de mujeres'.
  • Ideas de un diputado nacional por Salta

El diputado nacional por Salta, Alfredo Horacio Olmedo, ha vuelto a reclamar la instauración de la pena de muerte en la Argentina. Para el legislador salteño, este sería el castigo adecuado para quienes maten a mujeres.


Por otra parte, Olmedo ha dicho que los violadores (no ha distinguido entre hombres y mujeres) merecen la pena de castración, aunque sin aclarar si se trata de una castración quirúrgica o de una química.

No es la primera vez que el legislador por Salta se muestra partidario de lo que él llama castigos penales «ejemplares», pero en esta ocasión, como en las anteriores, Olmedo no ha hecho siquiera el intento de decir qué otras medidas -que no sean la muerte o la castración- se podrían aplicar para proteger la vida y la integridad sexual de las mujeres.

Tampoco ha proporcionado Olmedo razones jurídicas o morales para implantar este tipo de castigos en nuestro país y se ha limitado a presentarlos como una especie de venganza igualadora que hace recordar a los viejos códigos de la antigüedad y, especialmente, a la Ley del Talión, que estableció el principio de reciprocidad, ya esbozado en el Código de Hammurabi que data del siglo XVIII antes de Cristo.

Hay que recordar que en una ocasión, llevando sus ideas a un extremo ciertamente peligroso, Olmedo se mostró abiertamente partidario de practicar la castración, no ya a los violadores y agresores sexuales, sino a los que él llamó «acosadores de mujeres».

La propuesta de Olmedo es un poco extraña, si se tiene en cuenta que a diferencia del homicidio y de los delitos contra la libertad sexual, el acoso a las mujeres ni siquiera está contemplado como delito en el derecho penal argentino.

Frente a estas iniciativas, no ha faltado quien recuerde que la pena de muerte fue abolida oficialmente en la Argentina por resolución de la Asamblea del año XIII, y que si bien fue restablecida en 1956 por el gobierno militar de entonces, la pena capital no existió en la legislación común argentina mientras rigió la Constitución Nacional. En agosto de 2008, el Congreso de la Nación suprimió definitivamente este castigo del Código Penal Militar.

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