
Ha dicho el Jurado que la acusación es inadmisible «por no haberse configurado una inusitada gravedad institucional en la conducta» del juez, sin que en ningún caso el tribunal se haya detenido a razonar qué entiende por «gravedad institucional», una circunstancia que no aparece recogida en la Constitución de Salta ni prevista en la ley provincial 7.138 que regula el procedimiento de destitución de los magistrados.
Al contrario, esta ley dice que los jueces inferiores y los magistrados del Ministerio Público pueden ser acusados por delito común, mala conducta, retardo de justicia, mal desempeño y falta de cumplimiento de los deberes a su cargo, sin que en ningún caso la ley prevea que tales causales sean acompañadas de «gravedad institucional» alguna.
El pronunciamiento del Jurado no solo se aparta de la ley, sino que consagra la peligrosa doctrina de la «gravedad institucional» como causal de libre configuración o de libre apreciación, en función de parámetros puramente subjetivos, cuando no decididos en base a las necesidades o conveniencia del poder de turno.
A pesar de que la inadmisibilidad de la acusación supone automáticamente la confirmación del juez Soria en su cargo, el Jurado en su resolución ha dispuesto enviar las actuaciones a la Corte de Justicia, a fin de que este tribunal, en ejercicio de sus funciones de superintendencia decida si forma causa disciplinaria al juez por haber éste incurrido en la «falta de ponderación –y de toda mención- al caso “Cari” de la Corte de Justicia de Salta en la sentencia recaída en el proceso de amparo (Expte. Nº 454.733/13)».
Dice el Jurado que Soria «no valoró aquel precedente ni siquiera a los fines de exponer los motivos por los cuales entendía que no era de aplicación a la causa sometida a su examen».
Con anterioridad a esta decisión, el mismo Jurado había declarado también la inadmisibilidad formal de la acusación formulada por las mismas organizaciones contra la asesora de incapaces Claudia M. Flores Larsen, responsable de haber interpuesto ante el juzgado de Soria una acción de amparo para impedir el aborto legal.