El gobierno de Salta establece nuevas medidas aplicables a partir del 26 de junio

  • Los vacunados podrán ir a casinos y salas de juego.
  • Segunda ola

El Comité Operativo de Emergencia (COE) ha resuelto en su última reunión las medidas en todo el territorio provincial que serán aplicables a partir del día sábado 26 de junio.


Durante el encuentro el presidente del COE, Francisco Aguilar, ha informado que el hospital San Bernardo ha habilitado 4 camas de alta complejidad y que la próxima semana sumará la misma cantidad, mientras que el hospital Materno Infantil dispondrá 24 camas de terapia intermedia, lo cual permitirá continuar dando asistencia sanitaria a la población.

Medidas que regirán a partir del 26 de junio en toda la provincia

• Circulación restringida: entre la 1 y las 6 de la mañana.

• Todas las actividades hasta las 22 horas, salvo la restauración hasta las 00.00, con una ocupación en espacios cerrados y ventilados no mayor al 30% y 4 personas por mesa. Se debe asegurar la ventilación cruzada.

• Centros comerciales, galerías y supermercados con control de aforo del 50% y hasta las 22 horas.

• Las reuniones sociales y familiares hasta 10 personas en domicilios particulares o lugares cerrados. Se deberá asegurar la ventilación de dichos espacios.

• Las actividades deportivas grupales están permitidas al aire libre sin la apertura de buffets. Está prohibida la presencia de hinchada y la realización del “tercer tiempo”. Continúan suspendidas las reuniones y actividades que generen aglomeración y la permanencia posterior al desarrollo de cualquier deporte.

• Casinos y salas de juegos afines: Establecer que las actividades en casinos, salas de juego afines podrán funcionar con la asistencia única y exclusivamente de personas que acrediten vacunación de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19. En estos casos se deberá dar estricto cumplimiento a los Protocolos en vigencia, y hasta las 22 horas.

• Salones de eventos: Establecer que continúa suspendida la realización de actividades en salones de eventos, con excepción de salones infantiles, peloteros y lugares de juegos infantiles, que den estricto a los protocolos, con aforo del 50% del lugar donde se realice y no pudiendo exceder las 22 horas en su funcionamiento.

• Se mantiene la presencialidad en el sector educativo. El Ministerio de Educación consulta periódicamente con el COE la estrategia epidemiológica.

• Sector Público Ejecutivo Provincial: Continúa la absoluta presencialidad. Se recomienda el trabajo bajo sistemas rotativos por horarios o burbujas que garantice el cumplimiento de las medidas sanitarias previstas, haciendo especial atención a la ventilación de ambientes. • Cada municipio deberá controlar la realización de ferias barriales.

• No se requerirá permiso de circulación, salvo entre las 00.30 y 6 de la mañana.

• Todos los municipios podrán adecuar el límite horario de funcionamiento de las actividades comerciales, gastronómicas y deportivas de acuerdo con las condiciones particulares de su jurisdicción, entre las 20 y 24 horas. Las modificaciones de horarios de dichas actividades implica cambiar la limitación de la circulación nocturna. Se debe proceder a dictar dicha medida conforme las formalidades dispuestas en la resolución del COE.

• Se permite la realización de ceremonias religiosas de todos los credos, con el cumplimiento de los protocolos.