A partir de hoy, se unifican las medidas en todo el territorio provincial

  • A partir del lunes 7 y hasta el viernes 11 de junio, comenzarán a regir las medidas dispuestas por la Resolución N° 13/2021 del COE, que ya se aplican en los departamentos de mediano y bajo riesgo.
  • Segunda ola

El gobierno de Salta ha decidido unificar las medidas en toda la provincia a pertir de hoy, día lunes 7 de junio.


A partir del lunes 7 y hasta el viernes 11 de junio, comenzarán a regir las medidas dispuestas por la Resolución N° 13/2021 del COE, que ya se aplican en los departamentos de mediano y bajo riesgo.

Las medidas dispuestas en Salta de acuerdo a lo establecido en el decreto nacional, que tiene vigencia hasta el 11 de junio en dos etapas; una de confinamiento hasta el 30 de mayo y el fin de semana del 5 y 6 de junio, en los departamentos de alto riesgo epidemiológico y la otra etapa de restricciones por actividades.

Medidas que regirán hasta el 11 de junio en toda la provincia

• Circulación restringida: entre las 23 y las 6.

• Todas las actividades hasta las 22 hs.

• Centros comerciales, galerías y supermercados con DNI (lunes, miércoles y viernes pares. Martes, jueves y sábados impar).

• Domingo se suspenden actividades comerciales. La restauración solo delivery.

• Se suspende la actividad en salones de eventos, incluidos peloteros y lugares de juegos, salones de eventos infantiles.

• Se permite la realización de ceremonias religiosas de todos los credos, con el cumplimiento de los protocolos.

• Vuelta a las clases presenciales.

• Sector Público Ejecutivo Provincial: Presencialidad total mediante turnos y burbujas.

• Deportes en lugares cerrados hasta 10 personas. Continúa prohibido la apertura de buffet, la realización de “tercer tiempo” y la presencia de público.

• Se suspenden casinos y bingos.

• Cada municipio deberá controlar la realización de ferias barriales, pudiendo suspenderlas.

• No se requerirá permiso de circulación.

Horarios para actividades gastronómicas, comerciales y deportivas en municipios de mediano y bajo riesgo

Según la Resolución 14/2021, los Departamentos en “Mediano o Bajo Riesgo Epidemiológico y Sanitario” podrán adecuar el límite horario de funcionamiento de las actividades comerciales, gastronómicas y deportivas de acuerdo con las condiciones particulares de su jurisdicción, entre las 20 y 24 horas.

Las modificaciones de horarios de dichas actividades implica cambiar la limitación de la circulación en esas zonas desde las 1 a 6 de la mañana.

El documento establece que “cada municipio deberá contemplar la normativa laboral vigente para cada sector, garantizando el control y cumplimiento de los protocolos respectivos. Las adecuaciones de horarios deberán estar debidamente fundamentadas, instrumentarse legalmente, comunicarse al Comité Operativo de Emergencia Provincial y publicarse en el Boletín Oficial. Podrán, asimismo, ampliar, limitar o suspender dichas actividades con la autorización del Comité Operativo de Emergencia Provincial, ante quien deberán fundamentar dicha situación”.