
Sin embargo, ayer, cuando a Juan Manuel Urtubey se enfrentó al hambre y al abandono, en vez de admitir que había declarado la «emergencia alimentaria» (que hace perder votos), ha salido a pregonar las bondades del llamado Plan Alimentario Salteño.
Lo ha hecho el Gobernador sin mencionar, ni siquiera de pasada, que horas antes había firmado el decreto 1281/2019, de 10 de septiembre, cuyo artículo 1º declara la emergencia alimentaria en todo el territorio provincial hasta el día 31 de diciembre de 2019, prorrogable por un plazo de 120 (ciento veinte) días.
En el discurso que ha pronunciado en La Caldera, ha dicho también que «no hay tiempo de ver quién tiene la culpa». Sin embargo, en el primer párrafo de considerandos del citado decreto 1281/2019 se puede leer lo siguiente: «La Provincia de Salta no se encuentra ajena a la referida situación, producto de las políticas públicas implementadas a nivel nacional, las que provocaron el aumento desmesurado en el precio de los alimentos y la pérdida del poder adquisitivo como consecuencia de los procesos inflacionarios y de devaluación monetaria, generando una creciente desigualdad social» (lo destacado en negrita es nuestro).
En el segundo párrafo, y para que no queden dudas sobre quién es el culpable, el decreto dice: «ante la falta de respuesta del Gobierno nacional, a la seguridad alimentaria de las familias salteñas más necesitadas».
Violación del artículo 145 de la Constitución de Salta
El decreto 1281/2019 ha sido dictado al amparo del artículo 145 de la Constitución de Salta que regula las condiciones de procedencia y validez de los llamados decretos de estado de necesidad y urgencia.El precepto constitucional faculta, con carácter excepcional, al Gobernador de la Provincia a regular por decreto materias que son de competencia del Poder Legislativo, y obliga a que antes de hacer uso de esta potestad, sean consultados el Fiscal de Estado y los presidentes de las dos cámaras de la legislatura, cosa que el decreto dice haber hecho.
Sin embargo, el mismo artículo 145 establece como condición de validez para el ejercicio de esta facultad excepcional que el Gobernador «informe de ello a la Provincia mediante un mensaje público».
Pero tal mensaje público para dar cuenta, tanto de la declaración de emergencia alimentaria como de la utilización de un decreto de estado de necesidad y urgencia para implantarla, no ha sido pronunciado en ningún momento por Urtubey, quien antes ha preferido organizar un acto proselitista para presentar el Plan Alimentario Salteño en loor de multitudes, sin decir una sola palabra del decreto ni de la declaración oficial de un estado de urgencia desdoroso e indigno.
El párrafo final de considerandos del decreto se refiere al citado mensaje público diciendo que de él, escuetamente, que «será cumplido oportunamente».
Pero es que la «oportunidad» para que este mensaje sea pronunciado es en cualquier caso lógicamente anterior al lanzamiento y anuncio del Plan Alimentario Salteño previsto en el mismo decreto. La omisión del mensaje público y la ocultación de la declaración por parte de Urtubey en el acto de La Caldera comportan una nueva violación de la Constitución provincial por parte del Gobernador de la Provincia.