
Breivik había demandado al estado noruego alegando haber recibido en la prisión en la que se encuentra alojado «trato o castigo inhumano o degradante»
Entre los hechos que el demandante alegaba para dar por probado tal conducta se cuenta el aislamiento en una celda solitaria y haber recibido dos día seguidos la misma comida.
El tribunal del distrito de Oslo, que debió de constituirse para la vista del juicio en el gimnasio de la cárcel, consideró que los derechos de Breivik fueron violados durante su encierro en la prisión de Skien, a 140 kilómetros de la capital.
Consideran los jueces que el trato recibido por Breivik vulnera el artículo del Convenio Europeo de Derechos Humanos que prohibe el trato inhumano o degradante.
En la sentencia, la jueza Helen Andenaes Sekulic ha dicho que el derecho a no ser sometido a este tipo de trato representa «un valor fundamental en una sociedad democrática» y que este derecho es igualmente aplicable «a terroristas y asesinos».
Brevik había alegado en su favor, que el gobierno lo mantenía entre 22 y 23 horas por días solo en su celda, negándole el contacto con otros internos y permitiendo la comunicación con el personal penitenciario solo a través de una gruesa barrera de cristal.
Los jueces ha considerado que el régimen de detención de Breivik se aleja tanto del que se aplica a cualquier otro prisionero en Noruega, con independencia de la gravedad de sus crímenes, que ha de ser considerado «un castigo extra».
Para el tribunal, las autoridades de la prisión «no han hecho lo suficiente» para contrarrestar el daño que el preso ha sufrido por su aislamiento.
La jueza Sekulic advirtió también que durante un largo periodo de tiempo Breivik era despertado durante la noche cada media hora y que en algunas ocasiones era sometido a registros en ropa interior en presencia de carceleras mujeres.
El pronunciamiento judicial dice que «tomadas en conjunto con otras restricciones de que fue objeto, estas conductad deben ser valoradas como trato degradante en el sentido del Convenio».
El abogado del Estado, Marius Emberlad, ha dicho que el gobierno se ha visto sorprendido por la sentencia, pero que aún no ha decidido si la recurrirá.
Si ninguna de las partes apela dentro de un plazo de cuatro semanas, la prisión estará obligada a hacer más indulgente el régimen de detención de Breivik, en línea con las observaciones de los jueces. Estos, por su parte, han dicho que la prisión está obligada a integrar a los reclusos, a juntarlos, y a «facilitar una comunidad».
La victoria judicial del asesino de Utoya ha sido en todo caso parcial, puesto que el tribunal ha sentenciado que los estrictos controles que se practican sobre la correspondencia del demandante son justificados y que su derecho a la vida privada y a la familia, consagrado en el artículo 8º del CEDH, no ha sido conculcado.
Finalmente, el tribunal ha condenado al Estado noruego a pagar a Breivik las costas del proceso, fijadas en 330.000 coronas (unos 36.000 euros).
Fuente: BBC y Daily Mail