
Greenpeace Argentina ha pedido una medida cautelar ante el “daño grave e irreversible” que está provocando la deforestación en algunos territorios. También ha informado que entre el 15 de marzo y el 30 de junio pasados, durante el llamado aislamiento social preventivo y obligatorio, se han deforestado 21.275 hectáreas de bosques nativos en las provincias de Santiago del Estero, Salta, Formosa y Chaco. Hablan de una superficie equivalente a la que ocupa la ciudad de Buenos Aires.
También se ha advertido a la Corte que las zonas desmontadas “coinciden con el territorio y hábitat del yaguareté (...) poniendo cada vez más en riesgo su supervivencia, su propia existencia”. Frente a esta situación, Greenpeace ha pedido a la Corte que con carácter cautelar disponga “el inmediato cese, en la totalidad del territorio de las cuatro provincias demandadas, de cualquier tipo de actividad de desmonte de bosque nativo”.
Greenpeace considera que el desmonte no es una actividad esencial. Afirma que más desmontes significan más enfermedades, más cambio climático, más inundaciones, más desalojos de comunidades campesinas e indígenas, y la desaparición de especies en peligro de extinción, como el yaguareté.
Según los ambientalistas, Argentina es el país de América del Sur en el que quedan menos yaguaretés: cerca de 250 individuos. Según el mismo informe, en la región del Gran Chaco se ha producido una importante disminución en los últimos diez años y hoy existen menos de 20. Para poder sobrevivir, cada animal necesita aproximadamente 40 mil hectáreas de bosque continuo y en buen estado de conservación, una superficie similar a dos veces la Ciudad de Buenos Aires.
La pretensión cautelar de Greenpeace ha sido formulada en el proceso de la acción de amparo que la organización, en nombre y representación del yaguareté, aún no ha sido resuelta por el máximo tribunal. Se trata de la primera vez en la historia jurídica de nuestro país -dice Greenpeace- que se interpone una acción judicial en nombre de una especie animal y de los derechos de la naturaleza.
La demanda se dirige contra las provincias de Chaco, Salta, Formosa y Santiago del Estero y el Estado nacional, por incumplimiento de la ley nacional de bosques nativos y por garantizar los demandados la supervivencia de la especie en la región del Gran Chaco argentino. El Procurador General de la Nación ha dicho ya en su dictamen que el asunto es de competencia de la Corte Suprema.
La acción de amparo conlleva la pretensión de que el pronunciamiento judicial garantice “Deforestación Cero” en los territorios donde vive el yaguareté; se prohíba su degradación, fragmentación y deforestación y se implemente el plan de manejo de la especie, en los términos previstos por la ley nacional 25463 que lo declara monumento natural nacional.