Carlos Humberto Saravia, dirigente de la Unión Cívica Radica y concejal de la Municipalidad de la ciudad de Salta, ha dirigido un escrito a la presidenta de la Autoridad Metropolitana de Transporte de Salta, pidiendo -otra vez- la suspensión de los actos administrativos que conceden licencias para la explotación de remises y taxis que habrían sido otorgados de forma irregular y en violación de las disposiciones de la Ordenanza Nº 12.277. En un extenso escrito Saravia advierte a Adriana Pérez que el reglamento del transporte no formal que ha dictado la AMT ha supuesto la tácita derogación de una ordenanza municipal de la ciudad de Salta, lo cual -según el concejal- afectaría la autonomía normativa reconocida a los municipios por la Constitución de Salta.
El concejal considera que es obligación de la autoridad de contralor dejar sin efecto los actos administrativos viciados que culminaron en la entrega de varias licencias a la misma persona o a quienes no les correspondía.
Recordó también que en la audiencia pública convocada para el incremento del boleto de transporte urbano de SAETA S.A. sostuvo que la violación del cupo en remises involucra competencia desleal para el transporte formal, como también en relación al servicio de taxis. Ello al margen de sostener que “…la ilegalidad no puede tener aval por parte de la AMT, máxime cuando la nueva reglamentación que se ha dictado contiene los mismos principios restrictivos, esto es, que nadie puede tener más de una licencia y que los choferes con antigüedad considerable pueden acceder a la licencia”.
“Somos consecuentes con lo que dijimos en campaña y en la audiencia pública. El Concejo Deliberante tiene competencia para involucrarse en temáticas que tocan sensiblemente a los vecinos. Los que se quisieron hacer empresarios del transporte con varias licencias de taxis y remises deben devolverlas por que cada ciudadano tiene derecho a una licencia y no puede tolerarse que entre pocos hagan negocios falseando datos. La AMT no analizó debidamente el padrón de titulares de licencias y ahora les entrega obleas consolidando el privilegio". Por ello es necesario -dice Saravia- que este organismo "trabaje de manera responsable y respete su propio reglamento que también impide que una persona tenga varias licencias".
Saravia acompañó a su escrito un listado de 70 licencias de taxis y 117 licencias de remises otorgadas por la Municipalidad en procedimientos presuntamente irregulares durante los años 2008 y 2009.
El texto del escrito
El texto completo del escrito de Saravia es el siguiente:De mi mayor consideración:
Carlos Humberto Saravia, Concejal del Municipio Salta por la UCR, DNI 20.232.657, constituyendo domicilio procesal en calle 12 de Octubre 898, ciudad, a V.S. digo:
I.- Objeto.
Habiendo tomado conocimiento de que se ha dictado resolución por la cual se han habilitado las licencias concedidas oportunamente por el Municipio de la Ciudad de Salta, en abierta violación del cupo dispuesto por la Ordenanza 12.277 -que prevé una licencia cada 500 habitantes-, me dirijo a Ud. a los efectos de solicitarle tenga a bien iniciar investigación en relación a los casos que se detallan infra y suspenda la habilitación de las licencias involucradas por resultar igualmente violatorias de la reglamentación dictada por el organismo que Ud. preside.
Sin perjuicio de que el reglamento del transporte no formal que ha dictado la AMT involucra la tácita derogación de una ordenanza municipal –materia constitucionalmente cuestionable-, resulta evidente que el otorgamiento de más de una licencia, y en algunos casos hasta cinco, al mismo núcleo familiar o a la misma persona, configura un privilegio inadmisible con la actividad administrativa reglada.
Lo mismo puede pregonarse en relación a licencias en las que maliciosamente se ha invocado un encuadre legal cuyo beneficio solamente resguarda a choferes de una antigüedad de 20 años continuos y que abarca por imperio del abuso funcional a personas que en algunos casos NUNCA fueron choferes o no tienen la antigüedad requerida.
Esto obliga a la autoridad de contralor a disponer los mecanismos tendientes a dejar sin efecto los actos administrativos viciados. No obstante, se advierte que la decisión de la AMT involucra un blanqueo impropio de situaciones ilegales.
Señalo que, tal como lo expresé en la audiencia pública convocada a los efectos de resolver la petición del incremento del boleto de transporte urbano de SAETA S.A., que la violación del cupo involucra competencia desleal para el transporte formal, como también en relación al servicio de taxis. Ello al margen de sostener que la ilegalidad no puede tener aval por parte de la AMT, máxime cuando la nueva reglamentación que se ha dictado contiene los mismos principios restrictivos, esto es, que nadie puede tener más de una licencia y que los choferes con antigüedad considerable pueden acceder a la licencia.
Oportunamente, la “Federación Nacional de Conductores de Taxis” -Delegación Salta- ha denunciado la proliferación de licencias en abierta violación de lo dispuesto por la Ordenanza Municipal nº 12.277, denunciándose vicios sustanciales y de forma en los actos administrativos dispuestos a tales efectos.
Específicamente denunció que en los Decretos nºs. 891 y 892 de 2008 y 006, 130, 154 y 483 de 2009, se ha realizado malicioso encuadre en lo dispuesto por el artículo 113 de la citada normativa, la que permite otorgar licencia fuera del cupo a los choferes de taxis que acrediten 20 años de servicios continuados o 25 alternados.
Se advierte de los instrumentos legales que pongo en crisis que existen personas que apenas superan la mayoría de edad como beneficiarios. Cronológicamente nunca podrían tener 20 o 25 años en la profesión de choferes, salvo que se admita la hipótesis que han trabajado desde la niñez.
Por simple cálculo aritmético y, considerando que una persona tendría que tener al menos 40 años para obtener este tipo de licencias, se ha procedido a confeccionar una nómina de personas cuyo número de documento supera los 25.000.000 (una persona de cuarenta se corresponde con los números 21 y 22 millones), los cuales no superarían los 37 o 38 años.
Como podrá advertir Ud., son 70 las licencias de taxis que entre Noviembre de 2008 y Marzo de 2009 ha otorgado la Municipalidad a personas que no contarían con la edad, como también en violación a lo dispuesto por el artículo 94 que impide que se otorgue a la misma persona más de una licencia. También se pide se inicie pesquisa en relación a personas que viviendo en el mismo domicilio y hasta contando con vínculo de parentesco estrecho, fueron beneficiados. Es evidente que se ha violado lo previsto por el artículo 94 el entregarse licencias a padre, esposa, hijos y hermanos sin solución de continuidad.
También resulta evidente que la AMT ha omitido realizar un análisis exhaustivo de las licencias que se han habilitado, puesto que cualquier profano podría detectar que existen licencias cuyos titulares viven en la misma casa, tienen el mismo apellido y hasta cuentan con licencias y patentes de actos afectados que son correlativas y provienen del mismo decreto municipal.
Una entidad que nuclea a choferes de taxis ha puesto de relieve que la empresa ALECON SRL y Claudio Rafael Del Carlo se encuentran enjuiciadas en el fuero laboral por una veintena de personas que alegaron que integran una misma empresa.
Las denuncias que obran en sede municipal y en la Procuración General de la Provincia de Salta se refieren a las licencias que van del número 1043 al 1055 fueron aparentemente entregadas a Héctor Humberto Méndez, Juan Federico Garnica, Nicanor Vera, Víctor Hugo Ruano, José Fernando Palacios, Miguel Angel Solaliga, Antonio Samuel Aramayo, Dante Walter López, Raúl Daniel Rodríguez Sánchez, Alfredo Luis Auchana, César Rubén Sotelo, Rodolfo Rubén Mamaní y Víctor Eduardo Saíz. Sus licencias se corresponden con autos del mismo modelo y marca, que tienen patentes correlativas (FPL 100 al 107 incluido y FNV 279, 280, 281, 288 y 289), trabajan en la misma base y habrían sido adquiridas o financiadas por ALECON SRL.
Los indicios habilitan a iniciar investigación para establecer si desde la Intendencia se ha dirigido o favorecido la conformación de una empresa de taxis en abierta violación a la normativa vigente, que impide que una misma unidad cuente con más de una licencia.
En lo que respecta a remises ocurre situación parecida. En Julio de 2007 se sancionó la Ordenanza nº 13.105 por la cual se autorizaron 400 licencias más las que en su anexo contenía la norma. Se alegó que había que regularizar la situación de personas que prestaban el servicio de remis de manera informal. Se esgrimió, también, que existía una Comisión Mixta Especial que entendía en la preadjudicación de licencias individuales y que el Gobierno Nacional a través del Banco Nación había autorizado préstamos por cinco millones de pesos para los trabajadores remiseros.
En el artículo 4 de la Ordenanza 13.105 se estableció que los postulantes que no fueran incluidos en el listado de los 400, se someterían a un sorteo.
Mediante los Decretos 155, 331, 682, 714, 729, 752, 811 y 853 de 2008, se entregaron 117 licencias a personas que integran el mismo grupo familiar o económico, según el listado que integra el presente. En el marco de una ordenanza cuya legalidad y legitimidad no se cuestionan en esta denuncia, se procedió a dirigir el favor del Estado hacia personas que burlaron los intereses previstos por la norma. Esta violación, por resultar grosera, nunca pudo ser desconocida por los miembros de la Comisión de Preadjudicación como por los funcionarios que firmaron los decretos.
Acompaño también copia de los decretos que adjudican las licencias y que en sus considerandos señala que la Autoridad Metropolitana de Transporte, en reunión de directorio del 15 de Mayo de 2008, dispuso remitir todas las peticiones que se realizaron en su sede al Intendente Municipal para que meritúe sobre su procedencia. Queda claro, entonces, que la AMT interpretó que no resultaba de su competencia la concesión de licencias.
También se incorporan los decretos que autorizan sospechosas transferencias de licencias. Solo para citar un ejemplo, mediante Decreto nº 219 del 23 de Febrero de 2009 se autorizó la transferencia de 18 licencias de remises a favor de la Sra. Ramona Isolina Ortega, quien denuncia domicilio en calle Necochea nº 650 de la ciudad de Salta.
17 de esas licencias fueron adjudicadas meses antes por el Decreto 682/08. Se advierte, entonces, que podrían haberse otorgado las licencias a testaferros para evadir la normativa que exige el blanqueo del transporte ilegal, para luego concentrarlas en una sola empresa.
Va contra la lógica que todas las personas que fueron beneficiadas por el mismo decreto, se pusieran de acuerdo en un solo acto para transferir sus derechos a favor de la Sra. Ortega, a meses de haber obtenido la licencia. Por el contrario, es más razonable especular con que desde la Administración Municipal se dictan actos que se corresponden con iniciativas empresariales de agencias taxis o remiseras. Idéntica situación surge de los términos del Decreto nº 218/09.
Por último, es dable señalar que este Tribunal de Cuentas Municipal no ha formulado observación legal a los decretos referidos, a pesar de que “prima facie” se advierten irregularidades y violación a la normativa municipal, lo que luce como un posible incumplimiento de las obligaciones de contralor impuestas por la Carta Orgánica Municipal y la Ordenanza nº 5.552/89.